Publicado: 21 de Diciembre de 2016

Damos la enhorabuena a la resolución : 

Mira este enlace : http://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?text=&docid=186483&pageIndex=0&doclang=ES&mode=req&dir=&occ=first&part=1&cid=509967
 
Ahora, las entidades bancarias habrán de abonar las cantidades percibidas indebidamente desde la constitución del préstamo bancario que contenga cláusulas abusivas