Publicado: 10 de Febrero de 2016

La finca es propiedad de dos personas, esta hipotecada y el préstamo también es de los dos. Si estoy abonando la parte del otro, además de la mía, ¿ cómo puedo reclamarle? Lo más viable es interponer demanda de acción de regreso o de repetición conforme a lo previsto en el artículo 1.158 del CC, reclamando a la otra parte el pago del 50% del total de las cuotas de préstamo hipotecario satisfechas únicamente por el demandante y de cuyo pago resulta obligado el demandado en virtud del contrato de préstamo con garantía hipotecaria que ambos suscribieron conjuntamente. 
Mientras se tramita el procedimiento civil y después de sentencia firme, si la parte demandada sigue sin abonar su parte de préstamo, en la propia demanda habremos de interesar  la condena a pagar aquellas cantidades que en concepto de préstamo hipotecario abone el demandante por cuenta de la demandada a determinar en ejecución de sentencia. Bufete Padilla Ramos